Arrepentimiento de compra


Según resolución Resolución 424/2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR usted podrá solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado, en los términos de los Artículos 34 de la Ley N° 24.240 y 1.110 del Código Civil y Comercial de la Nación.
A partir de la solicitud de revocación de la aceptación, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas y usted recibirá al mail informado un código de identificación de su arrepentimiento con el cual procesaremos su su pedido.